JurídicoESEN
Order (Auto)February 2, 2000

A- de 2000

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Gregorio Hernández Galindo

✓Claimant Zapata Alvarez Maria Aleida·Respondent Gobernador De Antioquia

✓
Topic · hard data
Nulidad Por Falta De Notificacion
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Debido Proceso De Tutela
  • Notificación iniciación de la acción
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se declaró la nulidad de todo lo actuado en el asunto de la referencia por los jueces de instancia, a partir del auto por medio del cual el Juzgado respectivo asumió el conocimiento del proceso.

Con el fin de salvaguardar el debido proceso y el derecho de defensa del tercero que pudiera eventualmente verse afectado con el fallo y que no fue oído en el proceso, debe decretarse la nulidad.

En consecuencia, se ordenó al Juzgado mencionado notificar al ciudadano sobre la existencia del proceso de tutela y las decisiones de mérito que se adopten en el curso del mismo.

Una vez surtidos los trámites pertinentes, profiéranse sentencias de primera y de segunda instancia, y regrese el asunto a esta Sala para que se revisen las decisiones judiciales que se adopten en el curso del proceso.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. Declarar la nulidad de todo lo actuado en el asunto de la referencia por los jueces de instancia, a partir del auto del 22 de junio por medio del cual el Juzgado Treinta y Cuatro Penal Municipal de Medellín asumió el conocimiento del proceso.
  2. Segundo. Con el fin de garantizar el debido proceso y el derecho de defensa, ordénase al Juzgado Treinta y Cuatro Penal Municipal de Medellín que notifique a Nelson de Jesús Uribe Zea la existencia del proceso de tutela y las decisiones de mérito que se adopten en el curso del mismo.
  3. De igual forma deberá proceder el Juzgado Penal del Circuito de Medellín, en caso de que se surta la segunda instancia.
  4. Tercero. Esta providencia también deberá ser notificada al actor y a las autoridades demandadas.
  5. Cuarto. Una vez surtidos los trámites pertinentes, profiéranse sentencias de primera y, en su caso, de segunda instancia, y regrese el asunto a esta Sala para que se revisen las decisiones judiciales que se adopten en el curso del proceso.
  6. Quinto. La declaración de nulidad no afectará la validez de las pruebas ya aportadas al proceso en cualquiera de las instancias. Ellas deberán ser tenidas en cuenta al momento de fallar.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.